El Gobierno avanzó con su reforma de la ley de glaciares cuyo objetivo principal es reducir las zonas protegidas y habilitar inversiones mineras, sobre todo de cobre y litio, en áreas que están bajo el amparo de la ley vigente.
El oficialismo aprobó en el senado la iniciativa en general con 40 votos a favor, 31 rechazos y la abstención de la neuquina Julieta Corroza. Además de parte de Pro, el radicalismo y algunos bloques provinciales, también apoyaron la reforma integrantes del bloque Justicialista: Lucía Corpacci (Catamarca) y Sergio Uñac (San Juan).
La votación se realizó pasadas las 21, luego de más de seis horas de debate, y convirtió en ley uno de los temas centrales de esta anteúltima sesión extraordinaria.
Una jornada con agenda cargada
Durante la misma sesión, la Cámara alta también aprobó la designación de Fernando Iglesias como embajador extraordinario y plenipotenciario ante Bélgica y la Unión Europea, con 38 votos afirmativos, 31 negativos y una abstención.
Además, se ratificó el Acuerdo Interino de Comercio entre el Mercosur —Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay— y la Unión Europea, con 69 votos a favor y 3 en contra, dando luz verde al entendimiento comercial birregional.
Qué cambia con la reforma de la Ley de Glaciares
El texto aprobado introduce modificaciones clave en el artículo 1° de la norma, incorporando un segundo párrafo que establece que la protección de los glaciares y del ambiente periglacial deberá interpretarse en consonancia con el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Ese artículo consagra el derecho a un ambiente sano y la utilización racional de los recursos naturales, en equilibrio con el artículo 124, que reconoce el dominio originario de las provincias sobre los recursos existentes en su territorio.
El nuevo enfoque plantea que la protección deberá atender a las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.
Cambios en el Inventario Nacional de Glaciares
La reforma también modifica el artículo 3°, referido a la creación y funcionamiento del Inventario Nacional de Glaciares.
A partir de ahora, para que los glaciares y geoformas periglaciales sean incorporados al inventario deberán cumplir funciones específicas:
Ser reserva estratégica de recursos hídricos.
Proveer agua para la recarga de cuencas hidrográficas.
El texto establece que el inventario deberá ser consultado y considerado por las autoridades competentes, sin afectar las atribuciones previstas en los artículos 6°, 7° y 8° de la ley vigente.
Principio precautorio y exclusiones
La norma aprobada incorpora expresamente el principio precautorio: todos los glaciares y geoformas periglaciales incluidos en el Inventario Nacional serán considerados objeto de protección hasta que la autoridad ambiental competente verifique que no cumplen las funciones hídricas mencionadas.
En caso de constatarse que un glaciar o geoforma no cumple con dichas funciones, dejará de estar alcanzado por las previsiones específicas de la ley de glaciares, aunque continuará bajo el amparo general de la Ley 25.675 y demás normativa ambiental aplicable.
Un debate con impacto federal y productivo
La discusión reflejó la tensión entre sectores que impulsan mayor flexibilidad para el desarrollo productivo —especialmente en provincias cordilleranas con actividad minera— y aquellos que advertían sobre el riesgo de retrocesos en la protección ambiental.
Con la aprobación definitiva, el nuevo régimen redefine el alcance de la protección de glaciares en Argentina y abre una nueva etapa en el vínculo entre política ambiental, autonomía provincial y desarrollo económico.